Contratar a una persona con disCapacidad en tu pyme es una obligación con muchos beneficios más allá de lo económico.
Incumplir la obligación legal de que al menos el 2% de tus empleados sean personas con disCapacidad, trae muchos problemas como prohibición de presentarte a licitaciones públicas, no recibir subvenciones públicas, la pérdida de todo tipo de bonificaciones laborales.
Pero la reflexión real no tiene que ver con sanciones, sino con los beneficios que vienen de la mano de la contratación de una persona con disCapacidad.
Cumplir con la Ley General de discapacidad (LGD) también es cosa de pymes
La Ley General de discapacidad (LGD) es una normativa de ámbito nacional cuyo cumplimiento es obligatorio para aquellas empresas con más de 50 trabajadores.
Contar con personas con disCapacidad en la plantilla tiene ventajas no sólo fiscales, sino también cualitativas. Trabajar con personas con disCapacidad mejora el entorno de trabajo y el clima entre los trabajadores.
Excepcionalidad y medidas alternativas a la contratación de una persona con disCapacidad
Tanto la excepcionalidad como las medidas alternativas son un mecanismo que propone la Ley General de Discapacidad (LGD) para facilitar a las pymes el cumplimiento de la ley. Esto ocurre cuando la empresa puede justificar la imposibilidad para incorporar a trabajadores con disCapacidad.
A continuación te explicamos los motivos de excepcionalidad que existen:
- Presentación de ofertas. Imposibilidad de los servicios públicos de empleo competentes o de las agencias de colocación para cubrir la oferta de empleo que haya presentado la empresa para contratar a una persona con disCapacidad.
- Alegación de causas. Si existen, y lo acredita la empresa, causas de carácter productivo, organizativo, técnico o económico que motivan la especial dificultad para incorporar trabajadores con disCapacidad a la plantilla.
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